2. Área de contexto2.2 Historia institucional / reseña biográfica
Las Oficialías aparecen por primera vez durante la ocupación haitiana. Sus
funciones fueron la de constatar nacimientos, muertes, matrimonios y
divorcios, así como expedir certificaciones de residencia inscribiéndolos
en el Registro Civil. También formaron parte, durante este periodo del
comité que elegía las listas de los miembros que serían elegidos para
formar parte del Consejo de Notables, organismo rector de los
Ayuntamientos del período haitiano.
Tras... ver más la
independencia la Constitución del 6 de noviembre de 1844 atribuye la
función electoral a los Ayuntamientos los cuales conservaban los registros
y remitían copias al Ministerio de Interior y Policía.
A partir de 1844, las actuaciones de las oficialías fueron supervisadas
por el Secretario de Estado de justicia e Instrucción Pública.
En 1853 el Congreso Nacional mediante el Decreto Núm. 303 de 1853
estableció los oficiales del Estado Civil que tenían las atribuciones de
realizar los actos del estado civil y los contratos matrimoniales.
Aunque de manera provisional mediante una ley especial se encargó
provisionalmente a los Alcaldes Constitucionales de esta actividad.
En el artículo 1 se expresaba que estos alcaldes
continuarían ejerciendo estas funciones atribuidas por el Código Civil
Francés hasta que el Poder Ejecutivo nombrará a estos funcionarios como
privado de sus facultades. Podía además remover los de sus empleos, cuando
lo juzgara conveniente Art. 6 estableció además el cobro de aranceles por
la inscripción de nacimiento, por contrato matrimonial y por las copias
solicitadas.
Durante la Anexión a España se dispuso mediante el
Decreto Núm. 4 de mayo de 1862, que el registro civil quedará en manos de
los curas párrocos y, como consecuencia, se eliminaron los Oficiales de
Estado Civil.
En 1881, se dictó la Ley Número 1980
del 23 de noviembre, sobre actos del Estado Civil, por cuanto las
prescripciones del Código Civil Francés, habían sido establecidas para un
país con instituciones que no eran análogas con las de República
Dominicana. Se expresaba que en cada parroquia habrá un oficial de estado
civil el cual eral nombrado por el Poder Ejecutivo, limitando sus
funciones a recibir y formular actas de nacimiento, de matrimonio, de
defunción y de reconocimiento de hijos naturales.
En
1910, el gobierno de Ramón Cáceres estableció tres Oficialías en la común
de Santo Domingo.
Al final de la ocupación militar
norteamericana, en el periodo de transición bajo la presidencia
provisional de Juan Bautista Vicini se promulgó la Ley No. 35 del 8 de
marzo de 1923, que crea la Junta Central Electoral y la responsabiliza de
los procesos electorales.
Con la creación de la Junta
Central Electora en 1923 todas las copias de las actas de las diferentes
Juntas Electorales Municipales y Provinciales debían remitirse a la Junta
Central Electoral.
En virtud de la Ley 247 del 29 de
diciembre de 1931, se creó la Oficina de Control de Cedula Personal de
Identidad, la cual posteriormente sería dividida en una Oficina de Control
de Cedulas para Mujeres y otra para hombres.
El 25 de
agosto de 1932, se dictó la Ley No. 354, para la común de Santo Domingo en
la que se establecen límites para cada una de las jurisdicciones.
En 1935 se organiza el Archivo General de la Nación en virtud de
la Ley 912 de 1935 Nación y se ordena el envió de todos los documentos
existentes en las instituciones estatales en inactividad o con 5 años de
concluida su tramitación.
La Ley 1085 de 1936 se
modifica la Ley 912, de manera que se conserven sólo los documentos
inactivos y de valor puramente histórico, par lo cual Reglamento No.
1590-bis estableció los mecanismos de transferencia.
El 28 de marzo de 1942 mediante la Ley Número 713 la Oficina de Control de
Cedula Personal de Identidad se transforma en Oficina de Control de Cedula
para Hombres y el 23 de diciembre de 1942 en virtud de la Ley 144 se creó
la Oficina de Control de Cedula para Mujeres.
Durante
el régimen del Dictador Rafael L. Trujillo formalmente se establece por
primera vez en la Constitución de 1942 la mención expresa a los partidos
políticos y además se reconoce por primera vez los derechos políticos de
la mujer.
El 17 de julio de 1944 se promulgó la Ley
Número 659, actualmente vigente, que organiza lo relativo al registro
civil. Dicha ley ha estado sujeta a cambios y modificaciones que con el
paso del tiempo han ido adecuando a la situación actual.
Mediante Ley No. 789 publicada en la Gaceta Oficial No. 6198 del
10 de Enero de 1945 que refunde las oficinas de control de la Cedula
personal de identidad para hombres y mujeres en una sola que se denomino
Dirección General de la Cédula Personal de Identidad.
Tras la caída del régimen de Trujillo se promulga La Ley Número 5884 del 5
de mayo de 1962, la cual sirvió de base a las elecciones nacionales de 20
de diciembre de 1962.
En virtud de la reforma
constitucional de 1994 se introdujo el denominado sistema de doble vuelta
para las elecciones presidenciales en caso de que ninguno de los
candidatos sobrepase el 50% de los votos. Además se separaron las
elecciones presidenciales de las legislativas y municipales; se prohibió
la reelección presidencial inmediata; y se estableció los colegios
cerrados.
Mediante la Ley Número 55, del 22 de julio
de 1970, se pasó la Dirección General de Cédula de Identificación Personal
a la Junta Central electoral.
El 21 de diciembre de
1997 se promulgó una nueva Ley Electoral la Número 275-97, vigente en la
actualidad.
La reforma constitucional del 25 de julio
del 2002 eliminó los colegios cerrados y reestableció la reelección
consecutiva por un único y ultimo periodo.
En el 2003
se organiza en dos cámaras: 1. Administrativa y 2. Contenciosa. El pleno
se constituye por los miembros de ambas cámaras y el Presidente de la
Junta Central Electoral.... menos
2.3. Historia archivística
Para inicios del 2009 se le realizó el tratamiento archivístico a los
documentos del fondo de la Junta Central Electoral, incluyendo las
Oficialías del Estado Civil (Antigua) hasta el 1930.
2.4. Forma de ingreso
Transferencia
3. Área de contenido y estructura3.1. Alcance y contenido
Los documentos de este fondo recogen datos e informaciones sobre las
elecciones, candidatos, sufragios, estadísticas demográficas, cédulas,
nacimientos, defunciones y matrimonios. Conformado por circulares,
oficios, correspondencia, actas, libros, informes y telegramas que recogen
datos electorales, vitales y sobre la identidad de los ciudadanos.
Secciones y Series
Junta Central Electoral (1923-1997)
Actas de convenciones, actas de conformaciones... ver más de mesas
electorales, actas de sesiones, actas electorales, boletas electorales,
cedulas electorales, circulares, comprobantes de cheques, constancias,
convocatorias de asamblea electorales, correspondencias y oficios,
cronológico de telegramas, cronológico de oficios, escrutinios de votos
emitidos, expedientes de apelación de sentencias: (solicitudes de
rectificación y anulación), expedientes de reclamaciones de cheques,
informes (inspección a la Juntas comunales electorales), juramentos,
libros de votaciones, listas de candidatos, listas de sufragantes,
memorandos, nombramientos, nóminas, órdenes de compra, proclama de
candidatos, recibos, registro de electores, registros electorales
permanente, boletas, resoluciones, sentencias, telefonemas y telegramas,
pliegos de escrutinios, expedientes judiciales, solicitud de carnet de
identificación, legalizaciones y autorizaciones de firmas, reclamaciones y
pagos por gastos de propiedades electorales, citaciones y sometimientos,
libros de votantes, libros registro de sufragantes, facturas, inventarios,
cronológico de memorandos.
Dirección General de
Cédula (1936-1962)
Circulares, correspondencia,
telegramas y telefonemas, memorandos, pedidos de sellos, recaudaciones de
impuestos, informes de avalúo de propiedades, relaciones de cédulas,
nóminas, facturas de pedidos, expedientes de duplicados de cédulas,
concesiones de cartas de naturalizaciones, circulares, memorias, solicitud
de cambios de nombres (apellidos, fechas de nacimientos y residencias),
exoneraciones de la aviación militar, relaciones de duplicados de cédulas,
solicitud de renovaciones de cédulas, solicitud de exoneraciones de
impuestos, nombramientos, pagos de impuestos de cédulas, informe de
declaración de nacimiento tardía, expedientes de multas, sometimientos por
violación de ley sobre cédula, contratos celebrado con obras del Estado,
libros registros de cédulas, libros registros de correspondencia,
cancelación de cédulas, leyes.
Oficialías de Estado
Civil (1807- 1931)
Registro de actas de matrimonios,
índices de actas de nacimientos, promesas de matrimonios, matrimonios y
defunciones, registro de actas de defunciones, registro de actas de
nacimientos, registro de actas de promesas de matrimonios, registro de
actas de bautismos, estados demostrativos de inscripciones de nacimientos,
matrimonios y defunciones, relación de actas de defunciones, copias de
actas de nacimientos, actas de matrimonios, actas de defunciones y
solicitud de actas de divorcio.... menos
3.2.Valoración, selección y eliminación
VALOR