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DO - Cuadro de organización de fondos
01 - Fondos y colecciones de documentos textuales
01 - Fondos de origen público
04 - Archivo Real de Higüey - 1600 a 1938
02 - Provisiones reales

Real Cédula
1788-04-18
1 - Documento13 - Páginas Estado de conservación:
Real Cédula por la cual se declara que los jueces eclesiásticos sólo deben entenderse en las causas de divorcio sin mezclarse con pretexto alguno en las temporales o profanas sobre alimentos o restitución de dotes, como propias y privativo de los magistrados seculares, a quien incumbe la información de sus respectivos procesos. Contiene los trámites acostumbrados.
Real Cédula por la cual se declara que los jueces eclesiásticos sólo deben entenderse en las causas de divorcio sin mezclarse con pretexto alguno en las temporales o profanas sobre alimentos o restitución de dotes, como propias y privativo de los magistrados seculares, a quien incumbe la información de sus respectivos procesos. Contiene los trámites acostumbrados.
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