Junta de autoridades donde ordenan que se haga de público conocimiento que todos los actos civiles deben hacerse en papel sellado y que deben ser pagados por la persona que solicite el servicio. (Original)
— 1828-07-29. -1 - Documento2 - Páginas DO Archivo General de la Nación / Archivo Real de Higüey / 04 // 05A-82