2. Área de contexto2.1. Nombre del o de los productor(es)
Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales
2.2 Historia institucional / reseña biográfica
En el año 1845 se instala en el País el primer alumbrado público en la ciudad de Baní, ya que el
existente consistía en el uso de faroles de velas de cera. Otro tipo de iluminación utilizado en años posteriores fue el de alumbrado por gas o electricidad que servía para alumbrar el trayecto de ferrocarril Samaná-Santiago.
Varios años después, en el 1893, se le otorga permiso, al Ayuntamiento de Santo Domingo y los derechos de lugar, para establecer el alumbrado eléctrico en la ciudad... ver más de Santo Domingo, mediante la Resolución Núm.33008. Para inicios del Siglo XX, la energía es suministrada por plantas eléctricas en algunas ciudades del interior y para el 1911 se hacían arreglos para construir estaciones generadoras. En el 1920 existía el suministro de energía en varias ciudades de interior y algunas instituciones radicadas en el país, tales como la Compañía Anónima Dominicana de Luz y Fuerza Motriz que, por lo general, eran de inversión extranjera. En el año 1928, mediante Decreto presidencial se autorizó la creación de la Compañía Eléctrica de Santo Domingo, la cual quedó encargada de generar, construir, rehabilitar y extender las redes de transmisión y de distribución de energía eléctrica. Años después, en el 1933, con la Ley Núm. 552, se instituyen los períodos y las fases en las que sería suministrada la electricidad a la población.
En los años de gobierno de Rafael L. Trujillo Molina continúo la extensión del alumbrado en todo el
país y fueron inauguradas varias plantas hidroeléctricas en año 1954. El sistema eléctrico del país estaba
constituido por plantas térmicas, hidroeléctricas y diesel, administradas por la Compañía Eléctrica de Santo Domingo.
En ese mismo año, el Congreso Nacional, mediante la Ley Núm. 4018, declaró de alto interés nacional
la adquisición por el Estado de las compañías que entonces producían, transmitían y distribuían electricidad al público en general. En el año 1955, el Gobierno Dominicano modificó el sector eléctrico al adquirir la Compañía Eléctrica de Santo Domingo. Asimismo, mediante el Decreto Núm. 555, de fecha 19 de enero de 1955, se creó la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), a la cual se le asignó la responsabilidad de mantener, extender y generar toda la energía eléctrica del país. A los fines de crear un marco jurídico que regulara el sector eléctrico, en fecha 21 de abril de 1955, el Congreso Nacional aprobó la Ley Orgánica de la Corporación Dominicana de Electricidad Núm. 4115 y su Reglamento de Aplicación Núm. 1034, de fecha 25 de julio de 1955; otorgó jurisdicción y autonomía para ejercer la autoridad eléctrica en el territorio de la República Dominicana de manera exclusiva. Esta Ley sufrió varias modificaciones.
En el año 1966 se promulgó la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio Núm.
290-66, asignándole a esa Institución la función de supervisar todo lo relacionado con la energía, específicamente la Corporación Dominicana de Electricidad.
Posteriormente, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Núm. 584 del 1979, se creó la Comisión Nacional de Energía, bajo la supervisión de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, a la cual se le atribuyeron las funciones de delinear y proponer al Poder Ejecutivo los programas de inversión para la generación de energía.
En aras de incentivar el desarrollo del sector energético, en el año 1990 se promulgó la Ley Núm. 14-
90, sobre Incentivo al Desarrollo Eléctrico Nacional, a los fines de fomentar y estimular la generación de energía a través del establecimiento de incentivos y amnistías fiscales a las empresas que se dedicaran a la producción de energía eléctrica. Esta Ley fue derogada en el año 1992 con la promulgación de la Ley Núm. 11-92, que creó el Código Tributario. En este mismo año de 1992, se inició el proceso de reestructuración de la Corporación Dominicana de Electricidad, cuando el Gobierno Dominicano promovió conversaciones con organismos internacionales para diseñar un proyecto de Reforma y Reestructuración del Sistema Eléctrico Dominicano. Como resultado de estas conversaciones y posteriores trabajos, el Presidente de la República introdujo al Congreso Nacional el Proyecto de Ley General de Electricidad, el 27 de diciembre del año 1993 y con el Decreto Núm. 148-93 crea el Consejo Nacional para la Energía.
El 13 de octubre de 1996 mediante la resolución Núm. 1193, el Consejo Directivo de la CDE, dio inicio
al proceso de reestructuración de esta empresa de cara a los requerimientos del nuevo marco legal que regiría el negocio de la electricidad, procurándole una organización en unidades de negocios claramente definidas con potencialidad y vocación de operar como empresas independientes. Sin embargo, las modificaciones introducidas por el Congreso Nacional alteraron aspectos fundamentales de la nueva visión que se pretendía dar al Mercado eléctrico. En vista de la imposibilidad de materializar un proyecto de Ley acorde con los intereses de todas las partes que conformaron el sistema eléctrico dominicano, para el año 1997 se inició el proceso de reestructuración del sector eléctrico en conjunto con otras empresas estatales.
A estos fines, fue promulgada la Ley General de Reforma de la Empresa Pública Núm. 141-97, marco
legal que sirvió de base para la capitalización de la Compañía Dominicana de Electricidad (CDE). Como consecuencia de esto, se crearon cinco nuevas empresas a partir del aporte de los activos de propiedad de la CDE. Dos de estas empresas están dedicadas a la actividad de generación de electricidad: Empresa Generadora de Electricidad Itabo, S. A. (ITABO) y Empresa Generadora de Electricidad Haina, S. A. (EGEHAINA). Las otras tres empresas se dedican a la distribución de electricidad: Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A., y Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S. A. Cada una recibió de la CDE los activos que estaban afectados a las actividades asignadas a estas nuevas empresas, cuando funcionaban como parte de la única Unidad Corporativa de la CDE. En relación al resto de los demás activos, incluyendo los de Transmisión y Generación Hidroeléctrica quedaron a cargo de la CDE.
Debido a la inexistencia de una nueva Ley General de Electricidad, para el año 1997, fue necesario
utilizar la legislación vigente para establecer el marco regulatorio que regiría las empresas capitalizadas. A los fines de complementar la falta de una legislación eléctrica adecuada, el 16 de marzo de 1998, mediante Decreto Núm. 118-98 se creó la Superintendencia de Electricidad, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio y el 25 de noviembre del mismo año, se crea el Reglamento Núm. 428-98, para el funcionamiento de la Corporación, derogando el Reglamento Núm.1034 de fecha 25 de julio de 1955. Este nuevo reglamento divide a la Corporación Dominicana de Electricidad en siete (7) unidades de negocios y una unidad corporativa que operarían como empresas independientes, para facilitar así el proceso de capitalización de la entidad.
La nueva Ley General de Electricidad Núm. 125-01 reconoce la importancia del sector privado en las
actividades de generación, distribución y comercialización de energía eléctrica, persiguiendo con esto la expansión del sector y una mayor eficiencia en el servicio, al tiempo que reserva para el Estado la exclusiva función reguladora del sector. Mediante el Art. Núm. 138, esta Ley crea la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) con las funciones de liderar y coordinar las empresas eléctricas; llevar a cabo los programas del Estado en materia de electrificación rural y suburbana a favor de las comunidades de escasos recursos económicos; así como de la administración y aplicación de los contratos de suministro de energía con los Productores Independientes de Electricidad (IPP).
El 3 de noviembre del año 2001 se dicta el Decreto Núm. 1080-01, que crea el Programa de Reducción
de Apagones (PRA) bajo la dependencia de la Unidad Ejecutiva del Gabinete Social, con los objetivos de incentivar, conjuntamente con las Empresas Distribuidoras de Electricidad, las condiciones para la prestación y mejoría del servicio de energía eléctrica, y facilitar los arreglos de pagos entre las Empresas Distribuidoras de Electricidad y los usuarios de los barrios marginados.
El 21 de agosto de 2002, se dictan los Decretos Núm. 647-02 y Núm. 648-02, el primero reconoce la
creación de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) como una empresa autónoma de servicio público, quedando investida de personalidad jurídica, con los atributos inherentes a tal calidad. El segundo, instituye el reglamento para el funcionamiento de dicha Empresa y sus modificaciones introducidas por el Decreto Núm. 179-02, de fecha 19 de septiembre de 2002.
El 13 de diciembre el año 2004, el Poder Ejecutivo mediante Decreto Núm. 1554-04 derogó en todas
sus partes el Decreto Núm.1080-01 transfiriendo las funciones, los activos, los pasivos y el presupuesto del Programa de Reducción de Apagones (PRA) a la CDEEE.
El 18 de enero de 2006, se dicta mediante Decreto Núm. 16-06, el Reglamento para el Funcionamiento
de la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana (UERS), adscrita a la CDEEE. El 6 de agosto de 2007, el Poder Ejecutivo dicta la Ley Núm. 186-07 que modifica varios artículos de la Ley Núm. 125-01, penalizando el fraude eléctrico. En el mismo año el 30 de agosto, mediante Decreto Núm. 494-07, se aprueba la modificación del reglamento de aplicación de la referida Ley.
El 6 de noviembre del 2007, se dictan los Decretos Núm. 628-07 y Núm.629-07. El primero ordena la
creación de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), y el segundo ordena la creación de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). En este mismo orden, el 14 de marzo del 2008, se dicta el Decreto Núm. 98-08, que autoriza la ejecución de un Programa de Sustitución de Bombillas destinado a reemplazar bombillas incandescentes por bombillas fluorescentes de bajo consumo.
En fecha 9 de febrero del 2009 el Poder Ejecutivo, dicta el Decreto Núm.108-09, mediante el cual
autorizó a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) iniciar los trabajos de
focalización del subsidio a favor de las familias pobres, vía el Programa de Reducción de Apagones (PRA), y la Tarjeta Solidaridad. El 30 de mayo del mismo año, se dicta el Decreto 421-09, que elimina las funciones y presupuesto del PRA, manteniendo en la CDEEE sus activos y sus pasivos. En el mismo, se instruye al Vicepresidente de la República, en su condición de Coordinador del Gabinete de Política Social, a tomar las medidas necesarias para implementar en corto plazo, un Programa de Subsidio Eléctrico dirigido a los hogares indigentes, pobres y de clase media baja a nivel nacional con jefes o jefas de familias debidamente documentados y registrados en el Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN). Este Decreto deroga además el Decreto Núm.108-09, de fecha 9 de febrero de 2009.
El 30 de junio de 2009, el Gobierno del Presidente Leonel Fernández, compró las acciones del Grupo
Trust Company of the West (TCW) en la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE) y la totalidad de las acciones de la Distribuidora pasan al Estado Dominicano, dejando sin efecto una litis judicial entre el Gobierno Dominicano y la Compañía TCW; esto se logró previo acuerdo, que incluyó el traspaso de la administración y las acciones de la compañía a la CDEEE, además del desistimiento de las demandas incoadas por EDEESTE.... menos
2.4. Forma de ingreso
Transferencia